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Cómo modificar la definición del Régimen Especial correspondiente a la Resolución General 830 de Impuesto a las Ganancias, vigente a partir del 1 de agosto del 2000.

 

Los pasos a seguir para modificar el régimen especial son:

Importante:

Tener en cuenta que la modificación se deberá realizar a paartir del día 1 de Agosto del 2000, fecha a partir de la cual entra en vigencia la RG 830.

 

  • Acceder a las siguientes opciones:
Menú General      

Ä

Administrador General    
 

Ä

Tablas  
   

Ä

Regímenes Especiales

 

Se desplegará una pantalla similar a la siguiente:

 

  • Posicionarse sobre el régimen especial 2784 y selecionar el artículo a modificar. El procedimiento se deberá repetir para cada uno de los artículos correspondientes al Régimen.

  • Seleccionar el botón Modificar para proceder a la modificación del mismo.

  • Modificar la descripción del régimen especial, reemplazando RG. 2784 por RG. 830 (se recomienda hacer ésto, luego de efectuar la emisión del Subdiario de Sistema Iva Ventas/Compras correspondiente al mes de julio del 2000, para que los regímenes ingresados en comprobantes emitidos con enterioridad al 1 de agosto, sean tranferidos como RG. 2784).

  • Acceder luego a la ficha Cálculo Automático y modificar el campo de "Importe" del "Monto mínimo".

  • Posicionarse en el campo "Importe" de "Retención mínima" y actualizar el importe.

  • Seleccionar el botón Escalas para acceder a la tabla de escalas, en la que se registrará el porcentaje que se aplicará a la base de cálculo.

 

  • Dar de baja los distintos rangos definidos, digitando la tecla <Del> sobre cada uno de ellos.

  • Definir los nuevos tramos de la escala, informando para cada uno de ellos los topes mínimo y máximo, y el porcentaje que se aplicará a la base de cálculo.

  • Seleccionar el botón Aceptar para finalizar el ingreso de datos.

 

Importante:

Si desea obtener información de las nuevas alícuotas y montos no sujetos a retención, y de las nuevas escalas, puede consultar la siguiente página de Internet: www.afip.gov.ar/afip/anexoviii.xls

 

Nota:

En lugar de modificar el Régimen Especial cuyo código es 2784, se podrá optar por definir uno nuevo, cuyo código sea "830". En tal caso, se deberá ingresar a través de las opciones Administrador General/Tablas/Regímenes Especiales, y seleccionar el botón Agregar. Copiar la definición del régimen utilizado con anterioridad.

 

 

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