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             Convenio 
              Multilateral 
            Cómo 
              realizar la liquidación de ingresos brutos con nuevas jurisdicciones: 
            En 
              aquellos casos en los que sea necesario realizar la liquidación 
              de ingresos brutos y existan jurisdicciones cuya fecha de alta corresponda 
              al mismo año que se desea liquidar, se deberá tener en cuenta que 
              las mismas no poseen coeficientes unificados. 
            Esto 
              surge en virtud a que dichos coeficientes, se calculan en base a 
              los ingresos y gastos registrados durante el ejercicio anterior, 
              motivo por el cual los cálculos deberán realizarse mediante el mecanismo 
              de atribución directa. 
            Para 
              llevar a cabo una correcta liquidación, se indica la forma de parametrizar 
              el Sistema, estando en presencia de los siguientes casos: 
             
            
            Detallemos 
              a continuación cada caso en particular:  
             
            Ante 
              esta situación, todas las jurisdicciones tendrán como fecha de alta 
              el mismo año que se desea liquidar. 
            Para 
              ello, ingresar a la opción: 
             
              
                
                   
                    | Menú 
                      Principal | 
                      | 
                      | 
                      | 
                   
                   
                    |  
                       Ä
                      | 
                    Datos 
                      Fijos y Tablas de la Empresa | 
                      | 
                      | 
                   
                   
                    |   | 
                     
                       Ä
                      | 
                    Datos 
                      Fijos | 
                      | 
                   
                   
                    |   | 
                      | 
                     
                       Ä
                      | 
                    Parámetros 
                      para la utilización del Sistema | 
                   
                 
              
             
            A 
              modo de ejemplo, suponemos presentar la DDJJ correspondiente al 
              año 1997, debiendo indicar para ello en el dato Año 
              Calendario que se liquida, año 1997 y en el dato Utilizar 
              coeficientes unificados según DDJJ Anual del año, 
              1995 
               
            De 
              esta forma, el Sistema omite para el cálculo, los coeficientes del 
              año anterior a 1997, realizando los mismos mediante el método de 
              atribución directa. 
            Esto 
              se logra puesto que se ha informado el uso de coeficientes correspondientes 
              al año 1995, y la fecha de alta asignada a las distintas jurisdicciones 
              corresponde al año 1997. 
            Esta 
              información deberá modificarse posteriormente (es decir que a partir 
              del mes de marzo) debiendo indicar en el dato Coeficientes 
              a utilizar, año 1996 
             
            Ante 
              la presencia de este caso, todas las jurisdicciones, con excepción 
              de las nuevas, poseen coeficiente asignado, el que se utiliza para 
              realizar el cálculo de los anticipos mensuales del impuesto. 
            Tales 
              coeficientes se obtienen considerando la DDJJ del año anterior. 
            A 
              modo de ejemplo se supone presentar la DDJJ correspondiente al año 
              1997, debiendo indicar para ello en el dato Año Calendario 
              que se liquida, año 1997 y en el dato Utilizar 
              coeficientes unificados según DDJJ Anual del año, 
              1996 
              
             Eventualmente 
              podría indicarse que se utilizarán coeficientes del año 1995 siempre 
              que, en la liquidación de los primeros anticipos correspondientes 
              al año 1997 no se cuente aún con los coeficientes del año 1996. 
            Las 
              nuevas jurisdicciones no poseen coeficiente unificado, por lo tanto 
              al registrar los ingresos mensuales, el Sistema requiere que para 
              las mismas, se indique el importe que les corresponde según el monto 
              de ingresos mensuales de cada actividad. 
              Nota: 
             
            Tener 
              en cuenta que, mientras esta jurisdicción se opere mediante el método 
              de atribución directa, el impuesto a pagar en concepto de ingresos 
              brutos será superior al que corresponde a la suma de aquellos montos 
              calculados mediante la aplicación de los coeficientes unificados 
              de las restantes jurisdicciones. 
             Esto 
              surge puesto que el monto calculado mediante el método atribución 
              directa, no forma parte del total calculado mediante el uso de coeficientes 
              unificados. 
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